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VENTA DE CASAS DE LUJO EN MENORCA

Los inmuebles de lujo son aquellos que destacan por su excelencia, su ubicación privilegiada, su estilo y su calidad. Estos inmuebles ofrecen a los compradores la oportunidad de disfrutar de los mejores espacios y comodidades, como piscinas, spa, gimnasios, vistas privilegiadas y mucho más. Para aquellos que buscan adquirir un inmueble de lujo, hay una amplia variedad de opciones.

Villas ubicadas en zonas espectaculares con piscinas infinitas, terrazas con vistas al mar, casas señoriales o lujosas fincas con una amplia variedad de servicios.

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VENTA DE PROPIEDADES DE LUJO EN MENORCA

Comprar inmuebles de lujo en Menorca es una actividad cada vez más demandada, debido a la belleza, la tranquilidad y la oferta de servicios de la isla. La oferta de inmuebles de lujo en Menorca está en constante crecimiento, con viviendas de alta calidad ubicadas en los mejores lugares de la isla. Estas viviendas cuentan con deslumbrantes vistas al mar y espacios interiores amplios y luminosos, equipados con los mejores materiales y acabados. Además, los compradores de inmuebles de lujo en Menorca disfrutan de una amplia variedad de servicios y actividades al aire libre, como senderismo, navegación y buceo, así como acceso a los mejores restaurantes, bares y discotecas de la isla.

Ofrecemos un servicio personal y especializado altamente exclusivo y profesional, gestionando la compra o venta de su vivienda de una forma completa.

Si busca una agencia inmobiliaria de alto standing en Ciudadella de Menorca, con experiencia en el sector inmobiliario y con una gran cantidad de referencias en villas de lujo, casas, chalets con vistas al mar, fincas rústicas y propiedades de alto standing, entonces somos la agencia inmobiliaria que necesita.

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Villas Exclusivas

Las villas también forman parte de nuestro amplio catálogo. Le invitamos a que nos contacte para que le podamos informar

Casas Señoriales

¿Está interesado en adquirir una casa rústica singular en la isla? En nuestro catálogo de referencias contamos con casas señoriales en venta.

Fincas Rústicas

No se pierda detalle acerca de todo lo que tenemos en materia de fincas rústicas. Seguro que encuentra lo que estaba buscando.

Proyectos

Contamos con un amplio catálogo de chalets. Si tiene en mente cómo le gustaría que fuera el suyo, conozca todo lo que tenemos.
  • Gestiones administrativas.
  • Gestiones para obtener los permisos de residencia temporal o permanente.
  • Empadronamiento y Seguridad Social.
  • Tramitación de la documentación necesaria para la compraventa.
  • Apertura de una cuenta bancaria.
  • Asesoramiento fiscal y jurídico.

Explora Menorca

VENTA DE PROPIEDADES DE LUJO

Menorca la isla más occidental del archipiélago Balear, el primer lugar en el que amanece en España, se ha convertido en uno de los destinos preferidos por los turistas de todo el mundo.
De las islas mas bellas del mediterraneo, conocida como la «la isla del viento», ofrece a los visitantes una experiencia única. Menorca está llena de hermosas playas, pequeños pueblos, una cultura autentica y gastronomía escepcional. Hay una gran variedad de playas, de arena blanca en el sur y mas rojiza en el norte, sus aguas cristalinas y un ambiente único es el principal motivo por el qué muchos visitantes eligen Menorca para sus vacaciones. En resumen, Menorca es un destino maravilloso para vivir todo el año o tambien un lugar ideal para aquellos que buscan unas vacaciones inolvidables, relajantes y llenas de cultura.
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El certificado energético ya es obligatorio para alquila ...

por HSH Luxury Real Estate
El real decreto que recoge este cambio entró en vigor el 2 de junio y las CCAA ya pueden multar. A principios de mes entró en vigor un real decreto sobre la certificación de eficiencia energética (CEE) de los edificios que puede suponer un terremoto para el mercado del alquiler vacacional. El pasado 1 de junio se publicó en el BOE el Real Decreto 390/2021, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, que establece la obligatoriedad de contar con el certificado energético de la vivienda para poder alquilársela a los turistas. El INE calcula que en España hay actualmente cerca de 295.000 viviendas de uso vacacional y, según explican fuentes del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a idealista/news, desde el pasado 2 de junio, cuando entró en vigor la normativa, todos los propietarios están obligados a anunciar su vivienda de alquiler vacacional con el certificado energético y a incluirlo en los contratos de arrendamiento, y también en el caso de la venta. Las comunidades autónomas serán las encargadas tanto de registrar los certificados, como de supervisar que se cumple la normativa y, en el caso de que sea necesario, imponer las sanciones económicas correspondientes. La normativa establece un régimen sancionador con importes que van desde los 300 hasta 6.000 euros, dependiendo de la infracción cometida. En concreto, existen tres tramos: en el caso de las infracciones leves, las multas están entre 300 y 600 euros; mientras que en el caso de las infracciones son graves, la sanción se moverá entre 601 y 1.000 euros. Y si se trata de una infracción muy graves, la multa será de entre 1.001 y 6.000 euros. Es decir, se mantienen los importes que se aplican en el caso de la venta o el alquiler de una vivienda habitual o segundas residencias. Qué puede motivar una sanción Según recoge el Real Decreto Legislativo 7/2015, estas son las situaciones en el ámbito de la certificación energética de los edificios que se enmarcan dentro de cada caso: Infracciones muy graves, con multas de 1.001 a 6.000 euros Falsear la información en la expedición o registro de certificados de eficiencia energética. Actuar como técnico certificador sin reunir los requisitos legalmente exigidos para serlo. Actuar como agente independiente autorizado para el control de la certificación de la eficiencia energética de los edificios sin contar con la debida habilitación otorgada por el órgano competente. Publicitar en la venta o alquiler de edificios o parte de edificios, una calificación de eficiencia energética que no esté respaldada por un certificado en vigor debidamente registrado. Igualmente, serán infracciones muy graves las infracciones graves previstas en el apartado 4 (infracciones graves), cuando durante los tres años anteriores a su comisión hubiera sido impuesta al infractor una sanción firme por el mismo tipo de infracción. Infracciones graves, con multas de 601 a 1.000 euros Incumplir las condiciones establecidas en la metodología de cálculo del procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. Incumplir la obligación de presentar el certificado de eficiencia energética ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma en materia de certificación energética de donde se ubique el edificio, para su registro. No incorporar el certificado de eficiencia energética de proyecto en el proyecto de ejecución del edificio. Exhibir una etiqueta que no se corresponda con el certificado de eficiencia energética válidamente emitido, registrado y en vigor. Vender o alquilar un inmueble sin que el vendedor o arrendador entregue el certificado de eficiencia energética, válido, registrado y en vigor, al comprador o arrendatario. Igualmente, serán infracciones graves las infracciones leves previstas en el apartado 5 (infracciones leves), cuando durante el año anterior a su comisión hubiera sido impuesta al infractor una sanción firme por el mismo tipo de infracción. Infracciones leves, con multas de 300 a 600 euros Publicitar la venta o alquiler de edificios o unidades de edificios que deban disponer de certificado de eficiencia energética sin hacer mención a su calificación de eficiencia energética. No exhibir la etiqueta de eficiencia energética en los supuestos en que resulte obligatorio. La expedición de certificados de eficiencia energética que no incluyan la información mínima exigida. Incumplir las obligaciones de renovación o actualización de certificados de eficiencia energética. No incorporar el certificado de eficiencia energética del edificio terminado en el Libro del edificio. La exhibición de etiqueta de eficiencia energética sin el formato y contenido mínimo legalmente establecidos. Publicitar la calificación obtenida en la certificación de eficiencia energética del proyecto, cuando ya se dispone del certificado de eficiencia energética del edificio terminado. Cualesquiera acciones u omisiones que vulneren lo establecido en materia de certificación de eficiencia energética cuando no estén tipificadas como infracciones graves o muy graves. Al margen de todo lo anterior, la normativa añade que “en los casos en que el beneficio que el infractor haya obtenido por la comisión de la infracción fuese superior al importe de las sanciones en cada caso señaladas en el apartado precedente, la sanción se impondrá por un importe equivalente al del beneficio así obtenido. En la graduación de la sanción se tendrá en cuenta el daño producido, el enriquecimiento obtenido injustamente y la concurrencia de intencionalidad o reiteración”.
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